Come regidora de BCS tortuga en peligro de extinción

Erika Celene Venalonzo Camacho, sexta regidora por Morena en Comondú, Baja California Sur, fue bautizada en redes sociales como #LadyCaguama luego de compartir una fotografía en su estado de Whatsapp donde mostraba el caparazón de una tortuga caguama servida como platillo.

 

Con la frase “A comer!!!”, seguida de un emoji sonriente, la funcionaria cargó su estado el fin de semana reciente, pero argumentó que la imagen no era actual y corresponde a 1979, cuando ella era niña y su padre administraba el restaurante “El marino”.

 

Contó que, al revisar un álbum sobre aquella época, tuvo nostalgia, por ello decidió publicar el platillo, pues en esos años era permitida la caza y consumo de tortuga caguama, según consignó el medio local Contrastes de Comondú, dirigido por el periodista Martín Valtierra.

“La foto sobre un carapacho de caguama publicado en mi Estado de whatsapp fue tomada en los años 70´s, el cual subí como un recuerdo de cuando mi familia encabezada por mi padre atendían en el Restaurant ‘El marino’ en Puerto San Carlos, siendo uno de los platillos favoritos, que además en ese tiempo era permitido su captura y consumo”, dijo Venalonzo Camacho para Contrastes Comondú.

 

 

Sin embargo, los usuarios dudan de esta versión, puesto que en calidad, contraste y nítidez, la fotografía es identificada con rasgos de haber sido tomada con una cámara digital, misma que no habría estado disponible en 1979, año en que la regidora dijo fue capturada la imagen.

 

Para acompañar su referencia, la funcionaria ofreció otras imágenes del restaurante administrado por don “Vencho” Venalonzo, como era conocido su padre, notable por preparar la caguama cocinada en su propio caparazón. A diferencia del platillo en polémica, las fotografías del restaurante muestran un punto blanco que correspondería al flash de un celular, estas imágenes se aprecian borrosas y desgastadas.

El sábado 18 de julio pasado, Víctor Octavio García Castro, usuario de Facebook y habitante de La Paz, publicó en su perfil que a la regidora de Comondú desafiaba a la Ley al preparar platillos exóticos y prohibidos como ”caguama en el carapacho”.

 

Según dijo al medio comundeño, Venalonzo Camacho no esperaba tal impacto en redes sociales sobre su publicación y tampoco lo pensó demasiado, pues se vio invadida por el sentimiento de subir un recuerdo familiar, no obstante, habría externado una disculpa por el error y malinterpretaciones derivadas.

 

La Comisión Nacional de Áreas Protegidas señala que la tortuga caguama (caretta caretta) es una especie en peligro de extinción, incluida en la lista de animales salvaguardados por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-Semarnat-1994, estatus que ha conservado en la nueva edición de dicha norma en 2010.

 

“Asimismo, la especie ha sido incluida dentro de las listas de taxones en riesgo a nivel internacional en el Apéndice I de la lista de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES), y en la Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) como ‘En Peligro’”.

 

Esta tortuga se reproduce en las costas del Golfo de México y Caribe Mexicano, mayormente en Quintana Roo. En el litoral del Pacífico mexicano, la especie no cuenta con zonas de anidación; aquellas identificadas en Baja California Sur son juveniles y subadultos pertenecientes a la población que habita en Japón. Su distribución abarca todo el Pacífico Norte, pero permanece la mayor parte de su ciclo de vida en el área de crianza cerca de la costa, en la Península de Baja California, según el programa de conservación para la caretta caretta.

 

De acuerdo con el Artículo 420 del Código Penal vigente, se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y el equivalente a 3,000 días de multa a quién, ilegalmente, “capture, dañe o prive de la vida a algún ejemplar de tortuga o mamífero marino, o recolecte o almacene de cualquier forma sus productos o subproductos”, así como aquellos que capturen, transformen, acopien, transporten o dañen ejemplares de especies acuáticas declaradas en veda.

 

Además, se aplicará una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta 1,000 días multa adicionales “cuando las conductas descritas en el presente artículo se realicen en o afecten un área natural protegida, o cuando se realicen con fines comerciales”.

Fuente: Infobae