Fiscalizará el SAT clubes deportivos

Además de los accionistas de las empresas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) fiscalizará a los socios de clubes deportivos y sociales, así como de asociaciones civiles.

Las asociaciones deben entregar al SAT los nombres y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de cada uno de sus socios, según el artículo 27 apartado B fracción VI del Código Fiscal Federal en su Miscelánea Fiscal 2020.

La disposición ha provocado que agrupaciones hayan enviado cartas de aviso a sus integrantes.

“Es una medida más de control del SAT”, explicó Bernardo Elizondo Ríos, del despacho Adame Elizondo Abogados, “para así detectar en el futuro si existen discrepancias fiscales o incongruencias entre gastos y los ingresos que le reportan.

“La autoridad puede extender esta puerta de entrada para un acto de fiscalización mayor causando, incluso, molestias cuando las acciones de estos clubes están a nombre de una persona sin RFC, como puede ser la cónyuge de quien la paga”.

El 26 de junio, REFORMA publicó que las empresas y asociaciones debían informar al SAT antes del 30 de junio los nombres de sus socios o accionistas con su RFC (Reforma).